Artículo 22.
Artículo 22 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado. · BOE-A-1964-2140
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1965-01-01.
Texto consolidado
Al Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios competen las tareas de selección, formación y perfeccionamiento de los funcionarios de los Cuerpos Generales de la Administración civil del Estado y cuantas le confiere la presente Ley.
Téngase en cuenta en cuanto a su denominación lo establecido en el art. 1 de la Orden de 21 de julio de 1966. Ref. BOE-A-1966-12639. y en la disposición adicional 4 del Real Decreto-Ley 22/1977, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-1977-8854.