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Ley Vigente

Artículo 218. Supervisión e inspección.

Artículo 218 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

Texto consolidado

1. El Gobierno de las Illes Balears, a través de la consejería competente en materia de personas menores de edad, ejerce las funciones de inspección para garantizar que la actuación de los centros y sus profesionales se lleve a cabo con respeto a los derechos y las garantías de las personas menores de edad internadas.

2. Las personas menores de edad infractoras pueden solicitar comunicación con el órgano de inspección competente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

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