Artículo 213. Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares.
Artículo 213 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos. · BOE-A-2018-6001
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-07.
Texto consolidado
Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolución del contrato, este tendrá derecho al interés de demora de las cantidades o valores económicos adeudados, de conformidad con lo establecido en esta ley foral.