Artículo 211. Factor de sostenibilidad de la pensión de jubilación.
Artículo 211 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. · BOE-A-2015-11724
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
(Derogado)#dd
Téngase en cuenta que la derogación de este artículo se hace en atención a lo expuesto en la disposición final cuarta de la citada Ley. Ref. BOE-A-2021-21652#df-4
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones..