Artículo 211-14. Hojas de reclamación o denuncia.
Artículo 211-14 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. · BOE-A-2010-13115
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-23.
Texto consolidado
Todos los empresarios deben disponer de hojas de reclamación o denuncia de la forma que se establezca por reglamento.