Artículo 21. De las mayorías.
Artículo 21 de la Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se publica el texto consolidado del Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. · BOE-A-2008-1629
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-20.
Texto consolidado
Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos de los miembros presentes, salvo los supuestos en que el Reglamento de la Comisión, este Reglamento de régimen interior u otras normas exijan específicamente una mayoría cualificada.
El empate será dirimido por el Presidente mediante su voto de calidad.
Más artículos de BOE-A-2008-1629
- ← Artículo 20. De las votaciones.
- → Artículo 22. De los votos particulares.
- Ver la norma completa: Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se publica el texto consolidado del Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.