Artículo 21. Procedimiento de inscripción en el Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica.
Artículo 21 del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo. · BOE-A-2015-10927
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-01.
Texto consolidado
(Anulado)
Se declara contrario al orden constitucional de distribución de competencias y, por tanto, inconstitucional y nulo por Sentencia del TC 68/2017, de 25 de mayo. Ref. BOE-A-2017-7644
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