Artículo 21. Régimen legal.
Artículo 21 del Real Decreto 731/1987, de 15 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Consorcio de Compensación de Seguros. · BOE-A-1987-13914
Atención: Real Decreto 731/1987 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El personal al servicio del Consorcio de Compensación de Seguros se regirá por lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y demás disposiciones reguladoras de la función pública.