Artículo 21. Dotación de la Fundación.
Artículo 21 del Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P. · BOE-A-2021-1193
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-29.
Texto consolidado
La dotación de la Fundación estará compuesta por:
a) La aportación inicial fundacional.
b) Los bienes y derechos de contenido patrimonial que se aporten a la Fundación en concepto de dotación, o que se afecten por el Patronato, con carácter permanente, a los fines fundacionales.