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Real Decreto Vigente

Artículo 21. Efectos de la inscripción y cumplimiento de los requisitos.

Artículo 21 del Real Decreto 448/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios. · BOE-A-2023-14051

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-15.

Texto consolidado

1. La inscripción en el Registro permitirá a la asociación utilizar los términos consumidor o usuario, la denominación de asociación de consumidores y usuarios o cualquier otra expresión similar, en el sentido del artículo 25 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

2. La inscripción en el Registro también otorgará a las asociaciones inscritas los derechos recogidos en el artículo 37 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y en cuanta otra normativa resulte de aplicación.

3. La pérdida de cualquiera de los requisitos exigidos para la inscripción en el Registro será causa de exclusión del Registro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-06-15.

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