Artículo 21. Clases de Comisiones.
Artículo 21 del Real Decreto 367/2002, de 19 de abril, por el que se modifica la denominación de la Real Academia de Farmacia y se aprueban sus Estatutos. · BOE-A-2002-8738
Atención: Real Decreto 367/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En la Real Academia Nacional de Farmacia habrá dos clases de Comisiones: permanentes y temporales.