Artículo 21. Estudios y guías.
Artículo 21 del Real Decreto 342/2023, de 9 de mayo, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación. · BOE-A-2023-11073
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-11.
Texto consolidado
1. Los estudios en materia de contratación pública tendrán como finalidad analizar incumplimientos específicos y problemas sistémicos en materia de contratación y se elaborarán, a iniciativa de la División de Regulación de la Contratación Pública, de la de Supervisión de la Contratación Pública o a propuesta del Pleno.
2. Las guías en el ámbito de las materias sobre las que tiene atribuidas funciones la Oficina servirán de orientación a los órganos de contratación y, en especial, se dirigirán a promover tanto las buenas prácticas como la profesionalización en la contratación pública.
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