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Real Decreto Vigente

Artículo 21. Identificación de las medidas de reparación primarias.

Artículo 21 del Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental. · BOE-A-2008-20680

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-23.

Texto consolidado

1. En la reparación primaria, se restituirán o aproximarán al máximo los recursos naturales y los servicios que éstos prestan, a su estado básico, en el lugar en el que se produjo el daño.

La reparación primaria podrá consistir, entre otras, en una o varias de las siguientes actuaciones:

a) Eliminar, retirar o neutralizar el agente causante del daño.

b) Evitar la acción de especies exóticas invasoras.

c) Reponer o regenerar, según el caso, el recurso afectado con el fin de acelerar su recuperación hasta el estado básico.

d) Cualquier acción dirigida específicamente a reponer los servicios de los recursos naturales afectados.

e) La recuperación natural.

2. A los efectos del epígrafe 1.2.1 del anexo II de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, el operador deberá identificar diferentes alternativas de reparación primaria. Éstas deberán incorporar una referencia al menos, a los siguientes factores:

a) Las consideraciones ecológicas necesarias para la conservación de los recursos naturales y los servicios de los recursos naturales que han sido afectados.

b) El grado de intervención asociado a cada técnica de reparación. Dicho grado de intervención podrá ser total, parcial o basarse en la recuperación natural. Su determinación se hará atendiendo a aspectos referentes a la sensibilidad del medio, el horizonte temporal de recuperación y el coste de la medida de reparación, entre otros.

c) Estimación previa de la pérdida provisional de recursos o servicios asociada a cada alternativa de reparación.

d) Evaluación de la viabilidad técnica de la reparación.

e) Estimación previa de los costes de cada alternativa de reparación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-04-23.

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