Articulo 21. Nombramiento y régimen del personal directivo.
Articulo 21 del Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto. · BOE-A-2008-591
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-15.
Texto consolidado
Los puestos de personal directivo serán provistos por funcionarios titulados superiores, y percibirán el complemento de destino correspondiente a los puestos de trabajo de nivel 30, excepto los Coordinadores de Redes Científicas, que serán provistos en régimen laboral mediante contrato de alta dirección; todos ellos mediante procedimientos que garanticen el mérito, la capacidad y la publicidad. Sus titulares, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, serán nombrados por el Consejo Rector a propuesta del Presidente. Cuando ostenten la condición de funcionarios permanecerán en situación de servicio activo en su respectivo Cuerpo o Escala.