El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 21. Valoración de las obligaciones ante jubilados y beneficiarios.

Artículo 21 del Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios. · BOE-A-1999-20936

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-11-16.

Texto consolidado

Cuando el plan de reequilibrio integre a jubilados o beneficiarios, el valor actual actuarial de todas las prestaciones futuras se cuantificará individualmente a la fecha de formalización o modificación del plan de pensiones, aplicando las hipótesis demográficas y, en su caso, las económico-financieras recogidas en el artículo 20.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-11-16.

Más artículos de Real Decreto 1588/1999

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1588/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.