Artículo 21. Adscripción.
Artículo 21 del Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2007-20275
Atención: Real Decreto 1403/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo está adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional
2. Corresponde al Ministerio de adscripción la dirección estratégica, evaluación y control de resultados y de la actividad de la Agencia.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dichas funciones se ejercerán mediante el seguimiento y control de resultados del Contrato de Gestión.
Redactado el párrafo segundo del apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 41, de 16 de febrero de 2008. Ref. BOE-A-2008-2826.
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