Artículo 21. Suplencia del titular de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
Artículo 21 de la Orden EIC/1300/2017, de 27 de diciembre, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2018 y enero de 2019 y se autorizan las operaciones de gestión de tesorería del Estado. · BOE-A-2017-15723
Atención: Orden EIC/1300/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En relación con las operaciones sobre Letras del Tesoro y Bonos y Obligaciones del Estado, a las que se refiere el artículo 9.2. a) de la Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio, de delegación de competencias, el titular de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera será suplido por el titular de la Subdirección General de Financiación y Gestión de la Deuda Pública, en caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de la Dirección General del Tesoro.
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