Artículo 21. Zonas de Especial Protección para las Aves, Zonas Especiales de Conservación y los Lugares de Importancia Comunitaria hasta su transformación en Zonas Especiales de Conservación.
Artículo 21 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura. · BOE-A-1998-20256
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-09-23.
Texto consolidado
(Suprimido)
Se suprime por el art. 33.2 Decreto-ley 5/2025, de 18 de septiembre. Ref. BOE-A-2026-618#da
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