Artículo 21. Denominación y marca.
Artículo 21 de la Ley 7/2023, de 23 de febrero, de medidas para la implantación y desarrollo en Aragón de tecnologías en la nube (tecnologías cloud). · BOE-A-2023-7736
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-14.
Texto consolidado
La expresión «Solución Cloud Certificada de Aragón» y los signos que se asocien a ella al configurarse como marca serán propiedad exclusiva de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez inscritos como marca en el Registro de Marcas por la Oficina Española de Patentes y Marcas, conforme a lo establecido en la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.