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Ley Vigente

Artículo 21. Empresas titulares de Juegos Colectivos de Dinero y Azar.

Artículo 21 de la Ley 6/2001, de 3 de julio, del juego en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2001-14647

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-05.

Texto consolidado

Las empresas titulares de los establecimientos de comercialización al público de juegos colectivos de dinero y azar, deberán constituirse bajo la forma de Sociedad Anónima, junto con los demás requisitos que vengan establecidos reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-05.

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