Artículo 21. Deberes relativos a las obligaciones familiares de los menores.
Artículo 21 de la Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-1624
Atención: Ley 5/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los niños y los adolescentes deberán cumplir las obligaciones familiares que establece la legislación estatal en materia de relaciones familiares.
2. Los poderes públicos establecerán los instrumentos necesarios para favorecer el cumplimiento del deber de respeto y colaboración de los niños y adolescentes con sus padres y hermanos y con otras personas con las que convivan en el núcleo familiar.