Artículo 21. Normativa aplicable y tutela.
Artículo 21 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación. · BOE-A-1993-7730
Atención: Ley 3/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las disposiciones relativas a las Cámaras se aplicarán, con carácter subsidiario, al Consejo, a sus órganos de gobierno y a su personal.
2. La función de tutela sobre esta Corporación corresponderá a la Administración del Estado, a través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.