Artículo 20. Régimen interno del Consejo.
Artículo 20 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación. · BOE-A-1993-7730
Atención: Ley 3/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La forma de elección del Presidente, Vicepresidentes, Tesorero y demás miembros del Comité Ejecutivo, se establecerá en el Reglamento de Régimen Interior del Consejo Superior de Cámaras, de forma que se asegure el adecuado reflejo en aquel órgano de la dimensión económica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.
2. El Reglamento de Régimen Interior, previa aprobación por el Pleno por mayoría absoluta, será sometido a la del Ministro de Industria, Comercio y Turismo.