Artículo 21. Principios generales.
Artículo 21 de la Ley 18/2002, de 5 de julio, de Creación de la Comarca de Campo de Daroca. · BOE-A-2002-17492
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-01.
Texto consolidado
1. La estructura y régimen jurídico del personal al servicio de la comarca se regirá por la legislación básica del Estado y la normativa aragonesa sobre Administración Local, siendo concretamente de aplicación lo dispuesto en el Capítulo II del Título III de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización.
2. Corresponde al Consejo Comarcal la aprobación de la plantilla de su personal conforme a las dotaciones presupuestarias correspondientes.
3. En todo caso, la selección del personal se llevará a cabo de acuerdo con lo previsto en el artículo 32.2 de la Ley 10/1993, de 4 de noviembre, de Comarcalización de Aragón.