Artículo 21. Devengo.
Artículo 21 de la Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. · BOE-A-2014-9895
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
El devengo de las tasas recogidas en el artículo 20, se producirá en el momento de la presentación en la CNMV de la solicitud o de la comunicación de la modificación correspondiente.