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Ley Derogada

Artículo. 21.

Artículo 21 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán. · BOE-A-1990-19959

Atención: Ley 16/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponderán al Consejo General las facultades que la legislación de la Generalidad reconozca a las comarcas en relación a las actividades y servicios de competencia municipal, la asistencia a los municipios y la cooperación con los mismos, la planificación territorial y las actuaciones especiales de montaña.

2. El Consejo General ejercerá también las competencias que le delegue o asigne la Administración de la Generalidad de acuerdo con lo establecido en la legislación de régimen local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-08-23.

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