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Ley Vigente

Artículo 21. Promoción de la educación para desarrollo y de la sensibilización de toda la población.

Artículo 21 de la Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-15801

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-14.

Texto consolidado

La Comunidad de Madrid promoverá actividades de educación, formación, difusión y sensibilización con el fin de dar a conocer los problemas que afectan a las sociedades de los países en desarrollo, al objeto de propiciar la reflexión crítica, el espíritu solidario y la participación comprometida de todos los ciudadanos en las tareas de cooperación internacional para el desarrollo.

Para llevar a efecto esta labor la Comunidad de Madrid impulsará en colaboración con organizaciones no gubernamentales de desarrollo, universidades, instituciones educativas o entidades públicas o privadas interesadas en este campo campañas de divulgación, programas educativos en centros escolares y actividades formativas y otro tipo de tareas que se consideren adecuadas para este fin en el ámbito de la sociedad madrileña.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-05-14.

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