Artículo 21. Funciones de representación y proposición.
Artículo 21 de la Ley 12/2010, de 19 de mayo, del Consejo de Gobiernos Locales. · BOE-A-2010-9420
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-17.
Texto consolidado
1. El Consejo de Gobiernos Locales tiene funciones de representación de los municipios y las veguerías en las distintas instituciones de la Generalidad y, en general, de representación de los intereses locales.
2. El Consejo de Gobiernos Locales también ejerce funciones de proposición, ya que puede realizar propuestas e instar a las distintas instituciones a realizar determinadas actuaciones en beneficio o en defensa de la autonomía local y del ámbito local en general.