El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 21. Hecho imponible.

Artículo 21 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2002-976

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

Texto consolidado

1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la inserción de anuncios de pago en el Boletín Oficial de Castilla y León.

2. Son anuncios de pago todos aquellos que no estén declarados reglamentariamente como oficiales, y en concreto:

a) Los anuncios de particulares cuando la normativa establezca su publicación obligatoria.

b) La publicación de escrituras, convocatorias, balances, tarifas y cualquier otro documento de entidades, bancos, sociedades y en general de cualquier persona física o jurídica que se efectúe por mandato del ordenamiento jurídico.

c) Los relativos a procedimientos de concesiones, licencias, autorizaciones y permisos de explotaciones industriales, mineras u otras análogas, instruidos de oficio o a instancia del interesado para el provecho o beneficio de este último, así como, en su caso, los derivados de procedimientos en materia de contratación pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-564.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 12/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 12/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.