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Ley Vigente

Artículo 21. El departamento competente en materia de hacienda.

Artículo 21 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco. · BOE-A-2023-353

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-27.

Texto consolidado

Al departamento competente en materia de hacienda le corresponden, respecto de todo el personal del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las siguientes competencias:

a) Proponer al Gobierno Vasco, en el marco de la política general económica y presupuestaria, las directrices a que deberán ajustarse los gastos de personal.

b) Informar preceptivamente y, en su caso, intervenir las medidas en materia de personal que puedan suponer modificación en el gasto y en el número de plazas.

c) Elaborar, junto con el departamento competente en materia de empleo público, las plantillas presupuestarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-27.

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