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Ley Derogada

Artículo 21. Fondo Ambiental de Gestión de Residuos.

Artículo 21 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2001-425

Atención: Ley 10/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Reglamentariamente se creará un Fondo Ambiental de Gestión de Residuos con el objeto de financiar las inversiones por obras y servicios que sean servicio público de la Generalidad o de la administración local, que no estén suficientemente desarrolladas por la iniciativa privada, o aquellos destinados a las tareas de recuperación de áreas degradadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-15.

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