Artículo 21. Ayudas a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias andaluzas.
Artículo 21 de la Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2005-5093
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-05.
Texto consolidado
Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias andaluzas, una vez reconocidas por la Consejería competente en la materia, así como aquellas otras reconocidas de acuerdo a la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones agroalimentarias, que radiquen o tengan delegación específica y permanente en Andalucía y a su vez ostenten una implantación significativa del sector andaluz, podrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones públicas que se determinen, a fin de promover su funcionamiento y realización de las finalidades para las que se constituyan.
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