Artículo 21. Órganos competentes.
Artículo 21 de la Ley 1/1996, de 5 de marzo, de regulación de las actividades feriales de Galicia. · BOE-A-1996-10313
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-04-10.
Texto consolidado
Los órganos competentes para imponer las sanciones establecidas en esta Ley serán:
a) El Director general competente para las derivadas de faltas leves.
b) El Consejero competente en la materia para las derivadas de faltas graves.
c) El Consejo de la Junta de Galicia para las derivadas de faltas muy graves.