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Decreto Legislativo Derogada

Artículo 21. Contenido y documentación

Artículo 21 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia. · BORM-s-2005-90022

Atención: Decreto Legislativo 1/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las Directrices de Ordenación Territorial contendrán, como mínimo, las siguientes determinaciones:

a) Análisis-diagnóstico territorial, que comprenderá:

– Justificación de la delimitación del área o sector de actividad sujeta a ordenación.

– Diagnóstico territorial o sectorial, especialmente en lo que se refiere a los problemas y oportunidades de la estructura territorial y ordenación de los sistemas de ámbito subregional o supramunicipal.

– Definición de objetivos y criterios de ordenación e intervención.

– Justificación de las directrices establecidas y de su incidencia territorial, ambiental, social, cultural y de patrimonio histórico.

b) Directrices reguladoras.

Se formularán directrices reguladoras del área o sector correspondiente, que señalarán, en su caso, las condiciones para su desarrollo mediante Planes de Ordenación Territorial y Programas de Actuación.

Las Directrices de Ordenación Territorial contendrán la documentación necesaria para definir su contenido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-09.

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