Artículo 21 bis. Contenido.
Artículo 21 bis del Real Decreto 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado. · BOE-A-2011-4555
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-30.
Texto consolidado
Las necesidades de los usuarios vulnerables de la vía pública serán tenidas en cuenta expresamente cuando se apliquen los procedimientos establecidos en los capítulos II a V.