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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 21.11-4. Cuota.

Artículo 21.11-4 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-06-28.

Texto consolidado

El importe de la cuota es:

1. Por inspección-informe sobre condiciones de los locales, instalaciones y utillaje para la autorización de apertura o el traslado de servicios farmacéuticos

1.1 Oficina de farmacia: 51,55 euros.

1.2 Botiquín y depósito de medicamento: 36,05 euros.

1.3 Servicio de farmacia hospitalaria: 73,05 euros.

1.4 Almacén de distribución: 358,30 euros.

2. Por la toma de posesión del farmacéutico o farmacéutica titular, del farmacéutico o farmacéutica sustituto, quien la regente o del copropietario o copropietario: 31,95 euros.

3. Por la toma de posesión del farmacéutico o farmacéutica adjunto: 23,80 euros.

4. Por la toma de posesión del director o directora técnico o del director o directora técnica suplente de un almacén de distribución: 108,50 euros.

5. Por las inspecciones de seguimiento o reinspecciones: 358,30 euros.

6. Por inspección farmacéutica ordinaria: 21,60 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-06-28.

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