Artículo 20. Régimen de contabilidad y control de cuentas.
Artículo 20 del Real Decreto 80/2019, de 22 de febrero, por el que se crea la Academia Joven de España y se aprueban sus estatutos. · BOE-A-2019-4359
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-27.
Texto consolidado
1. La Academia justificará ante las Administraciones públicas correspondientes las subvenciones obtenidas, en la forma legalmente establecida.
2. De los demás ingresos, la Tesorería de la Academia llevará control detallado, de acuerdo con el sistema de contabilidad que sea legalmente aplicable, y rendirá cuentas ante la Junta de Gobierno y la Junta General.