Artículo 20. Escala de oficiales.
Artículo 20 del Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-8698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-29.
Texto consolidado
En la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Vuelo.
b) Defensa y Control Aeroespacial.
c) Ciberespacio.
Téngase en cuenta, en cuanto a las especialidades de origen y la enseñanza de formación las disposiciones transitorias 1 y 2 del citado Real Decreto.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-6876.