Artículo 20. Organos de representación.
Artículo 20 del Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos. · BOE-A-1996-11543
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-24.
Texto consolidado
Los órganos de representación, desarrollo normativo, control, gobierno y administración del Colegio Oficial de Biólogos son:
La Junta General.
La Junta de Gobierno.