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Real Decreto Vigente

Artículo 20. Recursos humanos.

Artículo 20 del Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. · BOE-A-2002-6956

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-13.

Texto consolidado

1. El personal de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo estará integrado por:

a) Funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, docentes, investigadores y no docentes que sean destinados a la Universidad.

b) Funcionarios propios de la Universidad.

c) Personal docente, investigador y no docente contratado.

2. La Universidad Internacional Menéndez Pelayo elaborará el proyecto de relación de puestos de trabajo de conformidad con las disposiciones vigentes en cada momento en esta materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-04-13.

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