Artículo 20. Coordinación de las medidas.
Artículo 20 del Real Decreto 2179/2004, de 12 de noviembre, por el que se establecen medidas de lucha contra la fiebre aftosa. · BOE-A-2004-19488
Atención: Real Decreto 2179/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Serán de aplicación las medidas necesarias para garantizar la coordinación de las medidas aplicadas en virtud de los artículos 18 y 19, que se adopten por la Comisión Europea en caso de revisar la situación en relación con las explotaciones previstas en dichos artículos.