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Real Decreto Vigente

Artículo 20. Alumnado con altas capacidades intelectuales.

Artículo 20 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. · BOE-A-2022-3296

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-03.

Texto consolidado

En los términos que determinen las administraciones educativas, se podrá flexibilizar la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales, de forma que pueda reducirse un curso la duración de la etapa, cuando se prevea que esta es la medida más adecuada para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-03.

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