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Real Decreto Vigente

Artículo 20. Impugnación de la resolución.

Artículo 20 del Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. · BOE-A-2021-3698

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-11.

Texto consolidado

Las resoluciones que reconozcan o denieguen el derecho a la asistencia jurídica gratuita podrán ser impugnadas por quienes sean titulares de un derecho o interés legítimo, según el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-11.

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