Artículo 20. Publicidad de las sanciones.
Artículo 20 del Real Decreto 129/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de control de precursores de drogas. · BOE-A-2017-2461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-09.
Texto consolidado
Conforme a lo previsto en el artículo 21 de la Ley 4/2009, de 15 de junio, las resoluciones sancionadoras por infracciones muy graves incluirán el mandato de su publicidad y el medio a utilizar, una vez sean firmes en vía administrativa.