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Orden Vigente 2 redacciones

Artículo 20. Jefatura de Personal.

Artículo 20 de la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil. · BOE-A-2013-2906

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-12.

Texto consolidado

1. La Jefatura de Personal, a cargo de un miembro de la Guardia Civil de la categoría de oficial general en situación de servicio activo, es el órgano responsable de:

a) Organizar, administrar y dirigir los aspectos de la política de personal de la Dirección General de la Guardia Civil relativos al régimen de ascensos, destinos, situaciones administrativas, retribuciones y régimen disciplinario del personal de la Guardia Civil.

b) Gestionar el catálogo de puestos de trabajo, así como analizar, elaborar y asesorar sobre las propuestas de aprobación o modificación de las plantillas, del catálogo y la relación de puestos de trabajo.

c) Organizar, administrar y gestionar los asuntos de personal funcionario y laboral de la Guardia Civil.

2. De la Jefatura de Personal dependen los siguientes Servicios:

a) Servicio de Gestión del Personal, a cargo de la gestión de los asuntos relativos al régimen de personal perteneciente o destinado en la Dirección General de la Guardia Civil, en materia de destinos, ascensos, situaciones administrativas, trienios, condecoraciones y distintivos.

b) Servicio de Retribuciones, responsable de la gestión, administración y control de las retribuciones del personal destinado o que presta sus servicios en la Dirección General de la Guardia Civil y la elaboración de las propuestas de modificación presupuestaria que afecten a esta materia.

c) Servicio de Régimen Disciplinario, responsable de tramitar, informar y proponer los asuntos relativos al régimen disciplinario de la Guardia Civil, así como archivar y custodiar la documentación correspondiente.

d) Servicio de Historial Profesional, responsable de recepcionar, integrar, controlar y gestionar la información que forma parte del Historial Profesional del personal de la Guardia Civil.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-06-12.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-11787.

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