Artículo 19. Organización.
Artículo 19 de la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil. · BOE-A-2013-2906
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-12.
Texto consolidado
1. La Subdirección General de Personal, a cargo de un Teniente General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la dirección y coordinación del desarrollo de la política de personal y educativa de la Guardia Civil.
2. Contará con una Secretaría Técnica con la misión de auxiliar al titular en el desempeño de sus funciones.
3. Estará adscrita a la Jefatura de Personal la Sección de la Dirección General de la Guardia Civil del Archivo General del Ministerio del Interior y la Secretaría Permanente del Consejo Superior de la Guardia Civil.
4. Del Subdirector General de Personal dependen:
a) Jefatura de Personal.
b) Jefatura de Enseñanza.
c) Jefatura de Asistencia al Personal.
d) Secretaría Permanente para la Clasificación y Evaluación.
e) El Observatorio de Conducta Ética de la Guardia Civil.
f) Unidad de Desarrollo y Talento.
5. Las sustituciones del Subdirector General de Personal se efectuarán por los titulares de las Jefaturas o de la Secretaría Permanente para la Clasificación y Evaluación, que se encuentren en situación de servicio activo y de acuerdo con el criterio de empleo y antigüedad.#df
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-11787.