El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 20. Comunicación de las resoluciones.

Artículo 20 de la Orden de 30 de septiembre de 1999 por la que se aprueba el Reglamento del Consejo de Obras Públicas. · BOE-A-1999-19918

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-10-08.

Texto consolidado

Las resoluciones que recaigan sobre los asuntos sometidos a informe del Consejo en Pleno o de sus Secciones deberán comunicarse al Consejo, siempre que aquéllas difieran parcial o totalmente del dictamen emitido. Asimismo, el Consejo podrá recabar cuantas resoluciones hayan recaído en asuntos sobre los que haya previamente dictaminado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-10-08.

Más artículos de BOE-A-1999-19918

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1999-19918 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.