Artículo 20. Jefatura de Asuntos Económicos.
Artículo 20 de la Orden de 29 de octubre de 2001 por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil. · BOE-A-2001-20623
Atención: BOE-A-2001-20623 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Jefatura de Asuntos Económicos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano responsable de la administración y coordinación de los recursos financieros, del seguimiento de la ejecución del presupuesto y su registro contable, así como de la coordinación de la actividad de las unidades económico-administrativas.
2. De la Jefatura de Asuntos Económicos dependen los siguientes Servicios:
a) Servicio de Contratación.–Tiene como cometidos la elaboración y tramitación de los expedientes de contratación.
b) Servicio de Gestión Económica.–Tiene como cometidos la administración y gestión de los recursos económicos de la Dirección General de la Guardia Civil, la tramitación de los expedientes de gastos que correspondan y la coordinación y control de las distintas cajas y subcajas pagadoras de la Guardia Civil.
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