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Ley Orgánica Vigente

Artículo 20. Derecho a vivir con dignidad el proceso de la muerte.

Artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. · BOE-A-2006-13087

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-08-09.

Texto consolidado

1. Todas las personas tienen derecho a recibir un adecuado tratamiento del dolor y cuidados paliativos integrales y a vivir con dignidad el proceso de su muerte.

2. Todas las personas tienen derecho a expresar su voluntad de forma anticipada para dejar constancia de las instrucciones sobre las intervenciones y los tratamientos médicos que puedan recibir, que deben ser respetadas en los términos que establecen las leyes, especialmente por el personal sanitario cuando no estén en condiciones de expresar personalmente su voluntad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-08-09.

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