Artículo 20. Mediación para la resolución de conflictos.
Artículo 20 de la Ley Foral 5/2026, de 23 de marzo, del Voluntariado de Navarra. · BOE-A-2026-9047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-08.
Texto consolidado
En caso de pacto recogido en el acuerdo de compromiso, los conflictos que surjan entre las personas voluntarias y las entidades de voluntariado se someterán a mediación, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de mediación en asuntos civiles y, en defecto de pacto, a la jurisdicción competente, de acuerdo con lo establecido en las normas procesales.